El juego brusco por Carnaval que cause lesiones menores puede ser sancionado con hasta 30 días de prisión

El COIP determina a las afectaciones por el juego de carnaval, por ejemplo, como contravenciones de cuarta clase.

Los juegos bruscos entre desconocidos en la época de Carnaval son recurrentes, y en ocasiones terminan en lesiones, que podrían incentivar una demanda.

«Hay mucha gente a la que le gusta el Carnaval, otras personas a las que no. Pero, a consecuencia de que se genera algún tipo de lesión, sí podría denunciar la víctima», explicó el abogado Carlos Solís.

El Código Orgánico Integral Penal (COIP) tipifica en su artículo 396, como contravenciones de cuarta clase, a las personas que voluntariamente hieran o golpeen a otra, causándole lesiones o incapacidad para el trabajo. Cuando la afectación no exceda tres días de incapacidad, el causante será sancionado con pena privativa de libertad de 15 a 30 días.

«Si pasa los tres días, se trataría de un tipo de lesión más grave que podría ser tratada como delito», agregó Solís.

La mayoría de casos no prosperan por desconocimiento.

Controles para evitar libadores en la vía pública
Otro de los problemas que son recurrentes durante el feriado de Carnaval son los libadores. Las autoridades tienen identificadas las zonas conflictivas.

Pablo Osorio, coordinador de la AMC, detalló que se priorizará Amaguaña, por su agenda de Carnaval, así como los desfiles que se realizarán en Quito, en la avenida Amazonas y La Mariscal. También se realizará el monitoreo en El Arbolito, donde habrá conciertos, entre otros sitios.

Las autoridades destinarán 122 funcionarios de la Agencia Metropolitana de Control (AM), para que se ejecuten los operativos en el espacio público, con mayor énfasis en los eventos masivos que ser realizarán en la capital.

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