CONTRIBUYENTES PUEDEN ACOGERSE A LA REMISIÓN PAGANDO SU DEUDA DE FORMA PARCIAL

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Mediante circular No. NAC-DGECCGC24-00000004, el Servicio de Rentas Internas (SRI) indica que los contribuyentes que hayan sido objeto de una determinación por parte de la administración tributaria (control de cumplimiento de obligaciones tributarias) pueden acogerse a la remisión de intereses, multas y recargos hasta el 31 de julio de 2024, *fraccionando en partes su deuda.*

Esto significa que si a un contribuyente, como resultado de una determinación del SRI, se le generaron glosas dentro un impuesto (diferencias entre el valor declarado por el contribuyente y el valor determinado por el SRI), *podría pagar por separado cada glosa, sin necesidad de pagar la totalidad de la deuda para acogerse a la remisión.*

La circular también señala que los contribuyentes no tendrán la obligatoriedad de desistir de procesos de impugnación en sede administrativa o judicial para acceder a la remisión; es decir que, pueden pagar unas glosas y continuar con procesos de revisión o impugnación sobre otras.

Por ejemplo, a un contribuyente, como producto de una determinación se le generaron dos glosas por el ejercicio fiscal 2020; una por USD 100 (más USD 30 interés, USD 20 recargo y USD 10 multa. Total a pagar sin remisión USD.160); y, otra por USD 50 (más USD 15 interés, USD 10 recargo y USD 5 multa. Total a pagar sin remisión USD. 80). Si el contribuyente decide acogerse a la remisión por la primera glosa, tendría que pagar USD 100 y se ahorraría el pago de USD 60 de interés, multas y recargos.

Uno de los objetivos de la circular No. NAC-DGECCGC24-00000004 es que más contribuyentes se acojan a la remisión, se aclaren las dudas sobre su aplicación y esto permita cobrar impuestos adeudados al Estado.

Cabe recordar que la remisión de intereses, multas y recargos se encuentra contemplada en la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo; y aplica para obligaciones tributarias pendientes de pago generadas hasta el 31 de diciembre de 2023 (excepto el impuesto a la renta del ejercicio fiscal 2023).

El SRI invita a todos los contribuyentes para que apliquen la remisión de intereses, multas y recargos y les recuerda que quedan pocas semanas para acogerse a este beneficio.

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