La Comisión de Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional aprobó este lunes 31 de agosto un proyecto de reformas a la Ley de Tránsito que establece nuevos controles para repartidores, regulaciones específicas para motos y scooters eléctricos, y ajustes en las competencias de los municipios en materia de tránsito. La iniciativa deberá ser analizada en segundo debate por el Pleno de la Asamblea.
Una de las modificaciones contempla que los municipios podrían perder la facultad de matricular vehículos si incumplen las exigencias de la Dirección Nacional de Tránsito, superan su capacidad operativa o se detectan irregularidades en los trámites. La presidenta de la Comisión, Valentina Centeno, indicó que varias entidades procesan más matrículas de las que pueden atender diariamente; de no cumplir los parámetros, la competencia pasaría a nivel nacional.
La propuesta también regula el uso de radares: si se detectan dispositivos sin calibrar, no homologados o empleados indebidamente para emitir multas, la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) podría solicitar la retirada de competencias al municipio involucrado.
En cuanto a vehículos de movilidad personal, las motos y scooters eléctricos tendrán restricciones de circulación y no podrán transitar por autopistas ni otras vías determinadas por la autoridad.
Para el sector de reparto, se crea el Sistema Nacional de Delivery, bajo la rectoría del Ministerio de Infraestructura y Tecnología, junto con un registro nacional de repartidores. Quienes ejerzan esta actividad deberán portar chalecos reflectivos con la placa del vehículo visible y no podrán transportar pasajeros mientras cumplen sus tareas.
Respecto a licencias de conducir, la ANT centralizará el proceso y podrá suscribir convenios con instituciones locales para facilitar su emisión en todo el territorio.
El texto aprobado será remitido a la presidencia de la Asamblea para que programe su discusión en segundo debate, instancia en la que quedará definida su aprobación final.
