Los profesores de Ecuador no podrán grabar ni publicar imágenes de estudiantes sin consentimiento firmado

Un nuevo acuerdo ministerial que rige desde el martes 15 de abril regula el uso de celulares y dispositivos electrónicos en los colegios.

Desde este martes 15 de abril, ningún docente ni personal administrativo de instituciones educativas en Ecuador puede grabar a estudiantes sin el consentimiento firmado de sus representantes legales. Así lo dispone un nuevo acuerdo ministerial suscrito por la titular de Educación, Alegría Crespo.

La normativa establece restricciones claras sobre el uso de celulares y dispositivos electrónicos en el ámbito escolar. Entre los puntos principales, se prohíbe realizar transmisiones en vivo, difundir imágenes o publicar cualquier tipo de contenido audiovisual de los estudiantes en medios digitales o tradicionales sin autorización escrita de sus representantes.

El documento también señala que únicamente los alumnos de bachillerato podrán usar celulares durante actividades pedagógicas o en casos excepcionales, y siempre bajo la supervisión de los docentes y autoridades de la institución.

Además, se aclara que dispositivos como celulares, tablets, relojes o gafas inteligentes no serán considerados recursos obligatorios ni deberán incluirse en la lista de útiles escolares.

Finalmente, la disposición contempla excepciones: los estudiantes con discapacidad, en tratamiento médico, con problemas de salud o dificultades para comunicarse podrán utilizar teléfonos móviles en situaciones justificadas o de emergencia.

Actualmente, 1,7 millones de estudiantes acuden a las aulas en el régimen Sierra-Amazonía, cuyo año lectivo termina el 1 de julio. Mientras que, en el régimen Costa-Galápagos, el año lectivo iniciará en mayo próximo y más de 2,3 millones de alumnos regresarán a las aulas

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