La Corte Constitucional admite a trámite las demandas de inconstitucionalidad y suspende artículos de tres leyes de Noboa

La Corte Constitucional (CC) se pronunció hoy, lunes 4 de agosto de 2025, respecto a las tres leyes urgentes del presidente Daniel Noboa que acumularon 23 demandas de inconstitucionalidad. La ley de Inteligencia tenía 1, la de Solidaridad 6, y la de Integridad Pública sumó 16 demandas, incluidas dos presentadas por la Federación Médica Ecuatoriana y la Asociación de Jueces y Magistrados del Ecuador.

El Primer Tribunal de la Sala Nacional, mediante el auto del caso número 60-25-IN, dispuso la suspensión provisional de la disposición transitoria décimo primera de la Ley Orgánica de Integridad Pública (LOIP).

Establece que, en un mes contados a partir de la entrada en vigencia de la LOIP, el presidente de la República enviará a la Asamblea el listado de candidatos para que conformen la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria, o que en su opinión sucederá hasta el 26 de julio de 2025. Y, que, en virtud de la Disposición Reformatoria Primera, numeral 1, literal b de la LOIP; la Asamblea tiene un término de 15 días para designar a los miembros de la junta, lo que a su entender ocurriría hasta el 18 de agosto de 2025.

En consecuencia, entre el 19 de agosto de 2025 y el 26 de diciembre del mismo año, la junta “iniciará con el proceso de emisión de las regulaciones necesarias para identificar las cooperativas de ahorro y crédito que deben transformarse en sociedades anónimas del sector financiero privado”.

«Gravedad. El daño que se alega podría causar a las cooperativas de ahorro y crédito efectos irreversibles porque la transformación de las cooperativas en sociedades anónimas no tiene posibilidad legal o reglamentaria que se deje sin efecto».

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